viernes, 5 de febrero de 2016

El Confidente

  
Una Ley de Montes manifiestamente mejorable

El pasado 20 de julio se aprobó en el Congreso de los Diputados, la ley 21/2015, sustituyendo a la 43/2003, conocidas ambas como Ley de Montes.
Entendiendo que todas las leyes pueden ser mejorables, pero también  pueden ser empeorables, vemos como sin ir más lejos, esta ley 21/2015 desde su aprobación en el Congreso ha empeorado su eficacia, en cuanto a protección de zonas forestales se refiere.

Esta ley permite construir en terreno quemado por la vía de permitir a las Comunidades Autónomas, la recalificación del suelo afectado por incendios forestales “si hay motivos de interés público”, sin que tengan que pasar los 30 años que estaban marcados como plazo en la ley anterior.

¿Cómo podría funcionar un posible negocio en base a esta ley? Pues muy fácil de entender: alguien compra suelo forestal barato, este suelo o monte se incendia y queda calcinado, se pide a la CCAA su recalificación en virtud de la Ley 21/2015, es aprobada la recalificación y ese terreno puede ser vendido ya, como suelo urbanizable; esto es algo que puede fomentar los incendios intencionados, con la intencionalidad de una posterior especulación inmobiliaria.

Durante el pasado año, de los 30 millones de hectáreas forestales que hay en la actualidad en España, 65.000 se han calcinado.

Entendiendo que ya tenemos que sufrir a demasiados desaprensivos, parece lógico pedir al Congreso de los Diputados, que se modifique la Ley de Montes, en el sentido de retomar el plazo de los 30 años, con objeto de que en este plazo no se pueda construir en la zona quemada. O lo que es lo mismo, modificar la Ley de Montes con una salvaguarda, que ponga más difíciles los negocios especulativos derivados de la quema intencionada de bosques.

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