viernes, 24 de enero de 2014

El Confidente


El indulto, una burla a la sentencia judicial
La petición de indulto para la condena impuesta a un torero famoso, por haber dado muerte a otra persona mientras conducía con tasa de alcohol elevada, ha reiniciado otra vez el debate sobre esta medida de gracia.

Una definición del indulto en España podría ser, el Gobierno insta y aprueba unas leyes, entre ellas un Código Penal y una normativa judicial y penitenciaria. Los tribunales de Justicia emiten sus sentencias de acuerdo con dichas leyes. Pero se dan casos, en los que algunos reos condenados a penas de cárcel de acuerdo con las leyes aprobadas por el Gobierno y por tanto, en nombre del Gobierno, son indultados por el propio Gobierno.
¿Qué lectura ciudadana puede tener todo esto? Pues, desde pensar que el Gobierno desautoriza a los Tribunales de Justicia, revocando sus sentencias, hasta creer en el sinsentido, de que el Gobierno reconoce sus errores legislativos en materia de Justicia. Tanto estas dos posibilidades como el abanico que pueda quedar entre ellas, denota la poca seriedad del sistema.

En cualquier caso, esta medida de gracia puede ser solicitada por los reos, ya sea directamente o a través de un representante, aunque la ley prevé que de serle concedido el indulto, eso no elimina en ningún modo la mancha de los antecedentes penales. En otras palabras, sigue siendo culpable, pero se le ha perdonado el cumplimiento de la pena.

El indulto se puede pedir para cualquier tipo de delito, sólo se precisa la existencia de una sentencia firme sobre la que no exista posibilidad de recurrir. En teoría no puede concederse a los reos reincidentes, pero esto no siempre se ha respetado.
El indulto puede ser total o parcial, es decir puede ser que el Gobierno sólo suspenda parte de la pena impuesta, o la totalidad de la sentencia. Si hay una multa asociada a la condena, no tendrá que seguir pagándola.

Desde 2001 el Gobierno ha concedido 4.501 indultos de un total de 71.122 peticiones. La mayor parte de los indultos se dan para delitos contra la Salud Pública, generalmente tráfico de drogas, seguidos por delitos contra el patrimonio y contra la integridad física de las personas.

Otra cuestión que tampoco se entiende, es que la Administración de Justicia, con el dinero que nos cuesta a todos los ciudadanos, emita una sentencias de acuerdo con las leyes en vigor y que algunas de ellas, después, sean anuladas por el Gobierno; es decir, en estos casos, para los ciudadanos desde el punto de vista económico,  hubiera sido preferible que ni tan siquiera se hubiera celebrado el juicio, nos hubiéramos ahorrado el coste de los trámites judiciales, además del tiempo y el esfuerzo de jueces y funcionarios.

El indulto es una medida de gracia que no existe en muchos países y en otros se concede con tanta escasez, que prácticamente no existe.

¿En este país con el elevado índice de corrupción que tenemos, porque hemos de mantener el indulto?  ¿No será que se mantiene, para poder perdonar a algunos políticos corruptos que pudieran caer en una condena judicial? 
De hecho tenemos el caso de un político, condenado por el Tribunal Supremo, indultado después y que continúa ejerciendo como político.
¿No sería mejor eliminar la figura constitucional del indulto?

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