martes, 30 de noviembre de 2010
Col·laboradors
Circular con el carnet de conducir caducado
En no pocas ocasiones, hemos tenido conocimiento de que autoridades de tráfico han sancionado a un conductor, por conducir un vehículo sin permiso de conducir o carnet. En algunas ocasiones incluso, han tenido lugar graves accidentes de tráfico, en los que casualmente o no, se ha visto implicado un conductor que no tenía permiso de conducir. Una circunstancia que ahora, con la actual ley está perseguida.
Todo permiso de conducir tiene fecha de vencimiento en la debe ser renovado por la Administración, si superamos determinadas pruebas médicas. Pero que ocurre si debido a una distracción no renovamos el permiso de conducir a su debido tiempo? Pues que conducir con el permiso de conducir caducado, conlleva desde el pasado 24 de mayo, una sanción de 200€ y contrariamente a ciertos rumores, el importe de la sanción no tiene en cuenta el tiempo que lleva el permiso caducado. En todo caso, no resulta tan trabajoso, que de vez en cuando, cada uno controle la fecha de caducidad de su permiso de conducir; no está la cosa como para tirar 200€.
Otro supuesto muy diferente, es cuando se denuncia a un conductor, circulando cuando nunca ha obtenido el permiso de conducir. En este caso, se trata de un supuesto tipificado en el Código Penal con una pena de 3 a 6 meses de cárcel, o sanción de 12 a 24 meses y trabajos a favor de la comunidad de entre 30 y 90 días. Una sanción que cambia ahora en diciembre, cuando entra en funcionamiento otra particularidad; que los trabajos en beneficio de la comunidad, puedan ser sustitutorios de la pena de prisión o de multa.
Ramón
Etiquetas: circucoecacodcad
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